REGISTRADURÍA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN 4398
17/11/2004
por la cual se ordena a los
Registradores del Estado Civil, Alcaldes, Corregidores e Inspectores de Policía
debidamente autorizados por el Registrador Nacional del Estado Civil para
cumplir con la función de registro del estado civil del Departamento de
Caquetá, a expedir las copias, fotocopias, certificados y transcripciones de
registro del estado civil con el adhesivo de seguridad implementado por la
Registraduría Nacional del Estado Civil.
La
Registradora Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones
constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso 2º del
artículo 266 de la Constitución Política y el numeral 1º del artículo 25 del
Decreto 1010 de 2000 y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 2º del artículo 266 de
la Constitución Política establece que corresponde al Registrador Nacional del
Estado Civil ejercer, entre otras, la función de organizar y dirigir el
Registro Civil y la
identificación de los colombianos;
Que el artículo 114 del Decreto-ley
1260 de 1970, Estatuto de Registro del Estado Civil, dispone:
"Los funcionarios encargados
del registro del estado civil y la oficina central podrán expedir copias de las
partidas, actas y folios que reposen en sus archivos, bien mediante la
trascripción literal de su contenido, bien con su reproducción mecánica."
Que se hace necesario implementar controles para garantizar
que los dineros recaudados por concepto de la expedición de copias, fotocopias,
certificados y transcripciones de registro del estado civil ingresen
efectivamente al presupuesto del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional;
Que la Registraduría Nacional del Estado Civil entregará a
los Registradores del Estado Civil, Alcaldes, Corregidores e Inspectores de
Policía del Departamento de Caquetá, debidamente autorizados por el Registrador
Nacional del Estado Civil para cumplir con la función de registro del estado
civil, la papelería o instrumentos de seguridad necesarios para el cumplimiento
del objetivo señalado en el considerando anterior;
RESUELVE:
Artículo 1°. A partir del 17 de noviembre
de 2004, toda copia, fotocopia, certificado y trascripción de registro del
estado civil que expidan los Registradores, Alcaldes, Corregidores e
Inspectores de Policía del Departamento del Caquetá, que cumplan la función de
registro del estado civil deberá llevar el adhesivo de seguridad que ha
implementado la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Artículo 2°. Las Principales características de los
adhesivos son las siguientes:
Parágrafo. La Gerencia Administrativa y
Financiera - Dirección Financiera - Coordinación de Recaudos, en armonía con la
Dirección Nacional de Registro Civil, expedirán los instructivos
correspondientes para el debido acatamiento de la presente disposición.
Artículo 3°. Para su cumplimiento envíese copia
de la presente resolución a los Delegados Departamentales quienes deberán
difundirla a todos los funcionarios autorizados para llevar el registro del
estado civil en la circunscripción del Caquetá, y darla a conocer a la
ciudadanía, a las autoridades competentes.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la
fecha de su publicación.
.
Publíquese,
comuníquese y cúmplase.
17 de noviembre
de 2004.
La Registradora
Nacional del Estado Civil,
Almabeatriz Rengifo López.
El
Secretario General,
Juan Carlos Yepes Alzate.