MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

RESOLUCIÓN NÚMERO 095 DE 2005

(octubre 14)

 

Por la cual se modifica el Presupuesto de Gastos de la Empresa Social del Estado J
osé Prudencio Padilla para la vigencia fiscal de 2005.

 

La Directora General del Presupuesto Público Nacional, en uso de la facultad que le confiere el artículo l° de la Resolución número 04 del 2 de junio de 2004, expedida por el Consejo Superior de Política Fiscal,  Confis,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla fue creada de conformidad con el artículo 2° del Decreto número 1750 del 26 de junio de 2003;

 

Que el artículo 11, inciso segundo de la Ley 225 del 20 de diciembre de 1995, dispone que las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán para efectos presupuestales al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado;

 

Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto en su artículo 26 numeral 4° establece como función del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo;

 

Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, delegó mediante Resolución número 04 del 2 de junio de 2004 en el Director General del Presupuesto Público Nacional la aprobación de l os traslados, adiciones y reducciones presupuestales de los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, del orden nacional, dedicadas a actividades no financieras, y de las empresas que se rigen por lo dispuesto en el artículo 5° del Estatuto Orgánico del Presupuesto, previa consulta con el Ministerio respectivo;

 

Que la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, mediante oficio sin número del 15 de septiembre y oficio alcance del 3 de octubre, solicita un traslado del presupuesto de Gastos Funcionamiento a Gastos de Operación Comercial por la suma de $4.000 millones, con el fin de atender la compra de servicios de salud, es decir la contratación de los servicios médico asistenciales de salud en las diferentes Unidades Hospitalarias y Centros de Atención Ambulatoria de la ESE;

 

Que en cumplimiento del artículo 24 del Decreto 115 de 1996, el Ministerio de la Protección Social mediante oficio número 163661 del 10 de octubre de 2005, emitió concepto favorable sobre la solicitud de traslado presupuestal por valor de $4.000 millones con el fin de amparar el traslado presupuestal propuesto para solucionar las necesidades de la Empresa, teniendo en cuenta la difícil situación financiera que actualmente atraviesa;

 

Que el Jefe de la División Financiera de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, expidió certificado de disponibilidad presupuestal del 15 de septiembre de 2005, que ampara el traslado presupuestal propuesto, con el fin de atender la compra de los servicios de salud para garantizar la atención a los afiliados, los cuales son atendidos en las diferentes Unidades Hospitalarias y Centros de Atención Ambulatoria de la ESE.

 

Que analizada la información con la cual se fundamenta la petición y efectuado el estudio económico, se debe proceder a la aprobación del traslado presupuestal propuesto por valor de $4.000 millones.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modifíquese el Presupuesto de Gastos de la Empresa Social del Estado así:

 

109 Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla

CONTRACREDITO

FUNCIONAMIENTO                                    4.000.000.000

CREDITO

OPERACIÓN COMERCIAL                         4.000.000.000

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su Publicación.

 

 

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., 14 de octubre de 2005.

La Directora General del Presupuesto Público Nacional,

Carolina Rentería