AGENCIA NACIONAL DE
HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN
NÚMERO 0251 DE 2005
(octubre 24)
Por la cual se modifica el Manual de Contratación
Administrativa de la entidad
adoptado mediante Resolución 028 del 7 de febrero de 2005.
El Director de la Agencia Nacional
de Hidrocarburos, ANH, en uso de las facultades legales y estatutarias, en
especial las conferidas en los artículos 211 de la Constitución Política, 12 de
la Ley 80 de 1993, 9 de la Ley 489 de 1998 y 10, numeral 10.2 del Decreto 1760
de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto-ley
1760 de 2003 se creó la
Agencia Nacional de Hidrocarburos y asignó las funciones al
Director General, dentro de las cuales se encuentran las de adoptar las normas
internas necesarias para el funcionamiento de la Agencia, así como la de
celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones de la misma;
Que el artículo 209 de la Constitución Política
ordena que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante
la descentralización, delegación y desconcentración de funciones;
Que el artículo 115 de la
Ley 489 de 1998 faculta al representante legal de la Agencia, para crear y
organizar grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del
servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas y
programas de la entidad;
Que mediante Resolución 028
del 7 de febrero de 2005, la Agencia Nacional de Hidrocarburos adoptó el
manual de contratación administrativa de la entidad y se delegaron y
desconcentraron algunas funciones en materia contractual;
Que resulta procedente
modificar la conformación del Comité de Contratación contenida en el artículo 5
de la Resolución
028 del 7 de febrero de 2005,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificar el
artículo 5° de la
Resolución 028 del 7 de febrero de 2005, el cual quedará así:
“ARTICULO 5°.
INTEGRACION DEL COMITE DE CONTRATOS. El Comité de Contratos estará conformado
por un delegado del Director General, el Jefe de la Oficina Asesora
Jurídica o su delegado, quien lo presidirá y el Subdirector Administrativo y
Financiero o quien este delegue o el Subdirector Técnico o quien este delegue,
dependiendo del área en la que se origina el contrato o convenio. Lo anterior sin perjuicio del apoyo que deba
solicitarse a las diferentes áreas de la Agencia en razón a la naturaleza especial o
complejidad del tema que así lo amerite.
PARAGRAFO. Las
recomendaciones y conceptos del Comité se adoptarán y expedirán por consenso
entre sus miembros y serán suscritos por el Jefe de la Oficina Asesora
Jurídica y quien haga las veces de Secretario Técnico”.
Artículo 2°. La presente
resolución rige desde la fecha de su publicación y modifica el artículo 5° de la Resolución 028 de 2005.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
24 de octubre de 2005.
El Director General
José Armando Zamora Reyes.