FINANCIERA DE DESARROLLO
TERRITORIAL S.A.
ACUERDO 013
26/08/2004
por medio del cual se modifica el
Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos
Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter.
La Junta
Directiva de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter,
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
1. Que la Junta Directiva mediante
Acuerdo número 005 del 10 de febrero de 2004 aprobó y a doptó
el Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos
Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A, Findeter.
2. Que la Garantía diseñada por
el Fondo Nacional de Garantías para créditos destinados a financiar Vivienda de
Interés Social, cuyo reglamento se encuentra contenido en la Circular Externa
Número 003-2004-FNG, cubre máximo hasta el 5.95% del saldo de la deuda, cuando
el porcentaje de financiación de
la vivienda (LTV, Loan To Value
- Relación del valor del préstamo con respecto al valor de la vivienda) es
inferior al 40%,
3. Que el Fondo Nacional de
Garantías, en el diseño de la garantía no contempló las primas pagadas por
créditos con porcentajes de financiación de la vivienda (LTV) inferiores al
40%.
Por lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1° Modifícase
el numeral 3.3, literal d) del Reglamento de Crédito para el Redescuento de
Créditos y Microcréditos Inmobiliarios de la
Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter,
el cual quedará así:
d) Todos los créditos redescontados
en Findeter, que tengan un porcentaje de financiación
de la vivienda (LTV, Loan To Value - Relación del valor del préstamo con respecto
al valor de la vivienda) superior al 40%, deberán contar con la garantía
individual del Fondo Nacional de Garantías - FNG, para créditos VIS.
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir
de la fecha de su expedición,
Comuníquese,
publíquese y cúmplase.
Dado en
Bogotá, D. C., a 26 días del mes de agoto de 2004.
La
Presidenta,
Ana Lucía Villa Arcila.
El
Secretario,
Carlos Miguel Echavarría
Botero.