PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 148

04/03/2003

por la cual se aprueba el Reglamento Interno del Derecho de Petición y el trámite de las consultas, quejas y reclamos de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. ¿ Findeter.

El Procurador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 118 de la Constitución Política; l° de la Ley 58 de 1982; l° y siguientes del Decreto 01 de 1984; l° del Decreto Reglamentario 770 de 1984 y el numeral 2 del artículo 8° del Decreto-ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 01 de 1984, los reglamentos expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernaciones y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación;

Que el Secretario General de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. ¿ Findeter, remitió al Procurador General de la Nación la Resolución número 00021 del 14 de febrero de 2003, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno del Derecho de Petición, así como la manera de atender las quejas y reclamos sobre las materias de competencia de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. ¿ Findeter¿;

Que revisada la resolución antes citada, se observa que su texto se ajusta en forma íntegra a los principios establecidos en el Decreto 01 de 1984 y en las demás normas que desarrollan el derecho de petición,

RESUELVE:

Primero. Aprobar el Reglamento el trámite interno del Derecho de Petición, Quejas y Reclamos que le corresponde resolver a la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. ¿ Findeter.

Segundo.  Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

Tercero. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Notifíquese y  cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C. a 4 de marzo de 2003.

El Procurador General de la Nación,

Edgardo José Maya Villazón