REPUBLICA DE COLOMIBA
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
RESOLUCION NUMERO 1236
(diciembre 14)
por medio de la cual se modifica la Resolución número 0292 del 1º de abril de 1998.
El Ministro del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales en especial las conferidas por la Ley 17 de 1981, numeral 23 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1401 de 1997 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 0292 del 1º de abril de 1998, el Ministerio del Medio Ambiente en virtud de lo establecido en la Ley 17 de 1981 por la cual se aprobó la "Convención sobre el Comercio Internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres" y en el numeral 23 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993, fijó el cupo de exportación para el año de 1998 de los especímenes obtenidos en desarrollo de la actividad de zoocría en el país, en las siguientes cantidades correspondientes al número máximo de individuos que pueden ser destinados a la exportación, así:
Iguana iguana 600.000
Caimán crocodilus 500.000
Boa constrictor 30.000
Tupinambis nigropuctatus 3.000
Que el citado acto administrativo también fijó el porcentaje para la exportación de pieles en crudo de Caimán crocodilus para los años de 1998, 1999 y 2000, asimismo estableció los criterios de comercialización para producciones a partir del año de 1998;
Que dichas cuotas se fijaron de manera concertada con el gremio de la zoocría;
Que a partir de las actuales condiciones de la economía mundial, se dio una reactivación del mercado de pieles de crocodilidos y mascotas con el consecuente aumento en la demanda, lo que se tradujo en que la cuota establecida para la especie Caimán crocodilus y Tupinambis nigropunctatus se copara antes de finalizar el año;
Que teniendo en cuenta que los establecimientos dedicados a la actividad de zoocría cuentan con saldos comercializables de las especies Caimán crocodilus, Tupinambis nigropunctatus que pueden ser destinados a la exportación, este despacho considera procedente ampliar la cuota de exportación fijada para el año 1998 según Resolución 0292 de 1998 correspondiente a estas especies;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Modificar el artículo primero de la Resolución número 0292 del 1º de abril de 1998, en el sentido de ampliar los cupos de exportación de las especies Caimán crocodilus en 160.000 individuos y Tupinambis nigropunctatus en 500 individuos, en consecuencia, las cantidades correspondientes al número máximo de individuos provenientes de la actividad de zoocría que pueden ser destinados a la exportación para el año de 1998 quedará así:
Iguana iguana 600.000
Caimán crocodilus 660.000
Boa constrictor 30.000
Tupinambis nigropuctatus 3.500
Artículo 2º. En lo demás continúa vigente la Resolución número 0292 del 1º de abril de 1998, proferida por este Ministerio.
Artículo 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
El Ministro del Medio Ambiente,
Juan Mayr Maldonado
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