PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
Boletín 167-04
SERVIDORES ESTATALES PODRÁN EXHIBIR IMÁGENES RELIGIOSAS
EN LOS DESPACHOS PÚBLICOS
Bogotá D.C., 31 de mayo de 2004. Los funcionarios Públicos podrán
exteriorizar sus creencias religiosas, a través de imágenes, cruces, crucifijos
y demás elementos que hagan alusión a su credo o religión, afirmó el Procurador
General de la Nación.
Mediante un derecho de petición, un particular solicitó al
Procurador requerir a todos los funcionarios públicos para que no exhiban en
sus despachos imágenes religiosas, por ser ello contrario a la libertad de
cultos, así como a los principios que rigen la función pública.
Para el jefe del Ministerio Público, si bien es cierto que el
Estado debe garantizar la libertad de cultos, consagrada en la Constitución
Política Colombiana, y en consecuencia, debe ser neutral en frente a los
asuntos religiosos, pues su función se limita "...a garantizar que en
igualdad de condiciones, los individuos puedan
expresar su opción religiosa bien de forma individual o colectiva", ello
no puede traducirse en negarle al servidor público como sujeto que es,
exteriorizar y proyectar su individualidad, y uno de esas formas es a través
del uso de los símbolos que identifican su credo, los cuales para nada pueden interferir
en el ejercicio de la función pública que debe cumplir.
Puntualiza el Procurador que no existe fundamento
Constitucional alguno que justifique el ordenar a un funcionario del Estado no
utilizar en su espacio laboral artículos o elementos de su religión, por lo
cual expresa su negativa a acceder a impartir la orden solicitada en el aludido
derecho de petición.
Apch