PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

Boletín 167-04

SERVIDORES ESTATALES PODRÁN EXHIBIR IMÁGENES RELIGIOSAS EN LOS DESPACHOS PÚBLICOS


Bogotá D.C., 31 de mayo de 2004.
Los funcionarios Públicos podrán exteriorizar sus creencias religiosas, a través de imágenes, cruces, crucifijos y demás elementos que hagan alusión a su credo o religión, afirmó el Procurador General de la Nación.

Mediante un derecho de petición, un particular solicitó al Procurador requerir a todos los funcionarios públicos para que no exhiban en sus despachos imágenes religiosas, por ser ello contrario a la libertad de cultos, así como a los principios que rigen la función pública.

Para el jefe del Ministerio Público, si bien es cierto que el Estado debe garantizar la libertad de cultos, consagrada en la Constitución Política Colombiana, y en consecuencia, debe ser neutral en frente a los asuntos religiosos, pues su función se limita "...a garantizar que en igualdad de condiciones, los individuos puedan expresar su opción religiosa bien de forma individual o colectiva", ello no puede traducirse en negarle al servidor público como sujeto que es, exteriorizar y proyectar su individualidad, y uno de esas formas es a través del uso de los símbolos que identifican su credo, los cuales para nada pueden interferir en el ejercicio de la función pública que debe cumplir.

Puntualiza el Procurador que no existe fundamento Constitucional alguno que justifique el ordenar a un funcionario del Estado no utilizar en su espacio laboral artículos o elementos de su religión, por lo cual expresa su negativa a acceder a impartir la orden solicitada en el aludido derecho de petición.

Apch